He preparado este esquema donde se ve de forma sencilla varios opciones que tenemos a la hora de importar mercancía sujeta a impuestos especiales. Tenemos varios escenarios:
Pago del arancel, IVA e impuestos especiales en el momento de la importación
Pago del arancel, IVA y dejar los impuestos especiales en régimen suspensivo
Pago del arancel, y dejar el IVA e impuestos especiales en régimen suspensivo
Dejar suspendida la deuda aduanera (arancel), y la fiscal (IVA e impuestos especiales)
Mercancía que entra al TAI y se envía a otro Estado miembro den régimen suspensivo
Normativa nacional aplicable:
Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-18266
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